sábado, 7 de agosto de 2021

 Se aprobó la Reforma a la Ordenanza de Estímulos Tributarios en Playas


La Ordenanza de Estímulos Tributarios para Atraer Inversiones que Favorezcan el Desarrollo del Cantón Playas del 20011, fue reformada y 
actualmente se encuentra ya publicada en el Registro Oficial 364 de la página pública del gobierno nacional con fecha miércoles 6 de enero de 2021, con las reformas en su título, así como en su Art. 7. Registrándose de la siguiente manera, Ordenanza de Estímulos Tributarios para Atraer Inversiones que Favorezcan el Desarrollo Continuo del cantón Playas.

En la propuesta de la reforma de esta ordenanza que cuenta con 11 artículos ahora (antes 10), aprobados por el concejo cantonal, los mismos que fueron planteados por el CPA. Roddy Loor, concejal de Playas; tiene como premisa establecer estímulos que promuevan el desarrollo de actividades productivas, siendo necesario normar a través de un instrumento técnico – jurídico que es esta ordenanza, las Inversiones que Favorezcan el Desarrollo Continuo del Cantón Playas.

Esta reforma tiene como objetivo, hacer un aporte a la comunidad para reactivar la economía del cantón en estos tiempos difíciles de pandemia. Esto se aplica para los inversionistas que cuenten con un monto de $25. 000,00 a $210. 000,00 a quienes se les hará una reducción desde 40% hasta el 10% de tributo, esto de acuerdo y en función del porcentaje de mano de obra local.

El concejal Roddy Loor nos comenta, “Nosotros como administración debemos generar las garantías jurídicas necesarias o la motivación necesaria, para que la inversión pueda llegar a Playas y obviamente generar tasas de empleos”. Enfatiza también, que esta ordenanza tiene como único afán incentivar a la inversión y estimular las diversas actividades económicas del cantón, para la reactivación económica de Playas.

Esta ordenanza cuenta con los siguientes artículos.

Art. 1 - De la reducción tributaria.

Art. 2 - Tributos susceptibles de reducción.

Art. 3 - Plazo de estímulos tributarios.   

Art. 4 - Beneficios a estímulos tributarios.

Art. 5 – De la determinación de las reducciones tributarias 

Art. 6 - Del Trámite

Art. 7 - De los Requisitos

Art. 8 – De la exigibilidad de otros trámites municipales

Art. 9 – De la Aplicación de las Rebajas

Art. 10 – Cese de la Vigencia de la Ordenanza

Art. 11 – Del Incumplimiento

Los detalles sobre estos artículos, podemos informarnos en el Registro Oficial Órgano de la República de Ecuador

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